Si trabajas por tu cuenta o por contrato, tus aportes a salud, pensión y riesgos laborales no se calculan sobre todo lo que recibes, sino sobre tu Ingreso Base de Cotización (IBC). Te explicamos cómo se obtiene, con un ejemplo.
La regla del 40 %
Tu IBC es el 40 % de tus ingresos del mes, y no puede ser menor a un salario mínimo ($1.750.905 en 2026) ni mayor a 25 salarios mínimos.
- Si tienes contrato de prestación de servicios: el 40 % se calcula sobre el valor mensual del contrato, sin IVA y sin descontar costos.
- Si tu contrato implica compra de insumos o subcontratación: desde abril de 2026, con el Decreto 379, primero se restan esos costos, con sus soportes, y el 40 % se calcula sobre lo que queda.
Qué pagas sobre ese IBC
- Salud: 12,5 %.
- Pensión: 16 %.
- Riesgos laborales (ARL): según el nivel de riesgo de tu actividad, desde 0,522 % en riesgo I.
- Fondo de Solidaridad Pensional: 1 % adicional cuando tu IBC llega a 4 salarios mínimos, y sube por escalas hasta 2 %.
Si un mes ganas más y otro menos, tu IBC cambia con tus ingresos. Por eso conviene revisar el cálculo cada mes.
Un ejemplo
Si tienes un contrato de $5.000.000 al mes, el 40 % es $2.000.000. Está por encima del mínimo, así que ese es tu IBC:
- Salud: $250.000
- Pensión: $320.000
- Riesgos laborales, riesgo I: $10.440
- Total aproximado: $580.440
Si tu contrato es de $3.000.000, el 40 % da $1.200.000. Como es menor al mínimo, tu IBC sube a $1.750.905 y el aporte aproximado es de $508.148.
Si tu contrato tiene compra de insumos o subcontratación, tu IBC puede ser menor porque primero se restan esos costos. Son valores de referencia: la planilla aplica redondeos.
Haz tu propio cálculo en nuestra calculadora de IBC. Si tienes dudas sobre tu caso, escríbenos y lo revisamos contigo.